LA BANCA ECHA MANO DEL COBRADOR DEL FRAC

Crtel pegado en una pared
Crtel pegado en una pared

Casi todos conocemos la historia bíblica que aparece en el Evangelio de Mateo, Capítulo 18, versículos del 23 al 34 para quien quiera conocerla al detalle, en la que el rey llamó a uno de sus acreedores para cobrar lo mucho que le debía y, como éste no tenía con qué pagar, el monarca dispuso que vendería como esclavos, tanto a él como a su familia, para recuperar su dinero; el hombre se arrojó al suelo llorando y suplicando tanto frente al rey, que el soberano sintió lástima y le perdonó. Poco después, este hombre, a quien se le había dispensado de saldar la enorme deuda que tenía con su monarca, se encontró con un conocido que le debía algunas monedas y cogiéndolo del cuello le exigió el pago inmediato y, como no pudo cobrar, lo envió a prisión. Enterados los compañeros del preso de lo que había sucedido, lo pusieron en conocimiento del rey quien, irritado porque aquel a quien había perdonado una enorme deuda, no hizo lo mismo con un pequeño deudor, lo envió a prisión hasta que pagara el total de la deuda.

En este caso quiero hacer el papel de compañero del que debía un poco de dinero y terminó en prisión, para denunciar a quien le fue perdonada la enorme deuda.

En estos tiempos de crisis en los que la falta de dinero para hacer frente a las deudas contraídas se hace más patente en las economías familiares, las de los autónomos y las de las PYMES, la banca, en general, recibe apoyos económicos multimillonarios de los Estados, de los Gobiernos, de la Comunidad Económica Europea y de otros Altos Estamentos para que puedan tener liquidez y, de esta manera, facilitar la concesión de créditos a quien lo necesite para seguir desarrollando su actividad empresarial. Hasta aquí, perfecto; pero ¿cómo responde la banca, en general, ante los favores económicos recibidos por parte del Estado, que no debemos olvidar emplea NUESTRO DINERO para los créditos que reciben estas entidades CON ANIMO DE LUCRO? Exactamente como el deudor de la parábola bíblica: agarrando por el cuello a los pequeños deudores para exigirles el pago de las cuotas atrasadas de la hipoteca o el préstamo.

Es evidente que, por mucho que lo denunciemos al “rey” que ayuda a la banca, o sea el Estado, nunca llamará a los ejecutivos del “honorable colectivo bancario” para afearles su conducta y, mucho menos, para meterlos presos.

Para sustentar esta afirmación me remito al caso Madoff, en el que el estafador, el hombre que defraudó CINCUENTA MIL MILLONES DE DOLARES, fue puesto en libertad bajo fianza tras haber abonado CINCO MILLONES DE DOLARES. Personalmente, al tal Madoff, que ahora está cumpliendo condena en prisión, deberían erigirle una estatua ecuestre en el hall del FMI porque un individuo con una mente capaz de engañar a los banqueros más eminentes del mundo, merece un reconocimiento.

Volviendo al asunto de la banca, en general, vemos con sorpresa cómo las entidades bancarias que reciben ayudas millonarias del Estado, han endurecido las políticas de cobro presionando a quienes se retrasan en el pago de los plazos, que a menudo superan en poco los mil euros. Es evidente que la estrategia empresarial de la banca, en general, y de las Cajas de ahorros, en particular, había sido la de contemporizar, presionar con amabilidad, convencer, renegociar y facilitar el pago de las deudas contraídas con ellos; pero ahora se saben fuertes y, en lugar de ser los directores de sucursales quienes se ocupen, como habían hecho hasta ahora, de esta tarea para la que están perfectamente capacitados por conocer personalmente a muchos de sus clientes, se valen de empresas de recobro, asépticas, impersonales, que no conocen ni la situación económica, ni la trayectoria empresarial del deudor, quien pasa a ser un simple número de expediente sin trazas de humanidad ni comprensión. En resumen: la helada maravilla de perder nombre, apellidos e historia personal, para ser sustituidos por un número de expediente al que se exige el pago sin más. Pese a todo, es de bien nacidos reconocer los hechos, algunas entidades bancarias poseen sus departamentos de cobro sin echar mano de las empresas que se dedican a la compra de deudas o las que se ocupan del recobro.

Partamos de la base de que, quien ha contraído una deuda con la banca, en general, firma un contrato en el que, a cambio de unos intereses sobre el capital recibido, se obliga a pagar unas cuotas en un tiempo prefijado. Una vez que la entidad bancaria ha cumplido su parte, entregar el dinero, el deudor debe cumplir la suya: pagar; pero hay modos de exigir el pago y, justo en eso, se están cometiendo atropellos, tropelías y, en algunos casos, demasiados diría yo, coacciones.

Desde hace algún tiempo algunos Bancos y Cajas de Ahorros son accionistas de compañías de recobro en asociación con otras empresas y éso, hasta donde yo sé, es perfectamente legal; es natural que quien ha prestado una cantidad de dinero quiera cobrar y es obligación de quien la pidió, satisfacer la deuda. Hasta aquí todos estamos de acuerdo. Pero ¿qué pasa con la Ley de Protección de Datos? ¿Es lícito que los informes personales de los deudores se paseen sin las debidas medidas de seguridad sobre las mesas de empresas que aparecen en las páginas amarillas de Telefónica al lado de "El Cobrador del Frac"? ¿Qué seguridad tienen los afectados de que sus datos no van a engrosar listas que llegarán "misteriosamente" a manos de abogados que se ofrecerán para sacarlos del problema, previo pago de una cantidad de dinero, claro, o a manos de empresas que les ofrecerán créditos fáciles, al 24% anual, para salir de apuros?

Quiero creer que, legalmente o no, la banca, en general, habrá tomado las medidas necesarias para que los datos personales de los deudores no deambulen por ahí expuestos a caer en manos de los carroñeros de turno. A pesar de tener la buena voluntad de creer que los pájaros se quedan preñados, se me hace muy difícil convencerme de que esto funciona así aunque debemos darles a entidades tan serias un voto de confianza; en lo que ya no me creo nada es en lo de los modales que utilizan quienes desean cobrar las deudas.

Primero partimos de una base cierta: Estas personas, mienten nada más dirigirse al deudor ya que, en lugar de presentarse como sería adecuado como fulano/a de tal, de la empresa de recobros X, se hacen pasar por trabajadores de las entidades bancarias que les han vendido, cedido o entregado las deudas para su cobro lo que es una usurpación de funciones tipificada en el artículo 401 del Código Penal de 1995 con una pena de prisión que va de seis meses a tres años, y en el artículo 402 con una pena que va de uno a tres años de prisión.

En segundo lugar debemos tener en cuenta que los empleados de estas empresas de recobros, al menos los encargados de reclamar telefónicamente las cuotas atrasadas, cobran un porcentaje por deuda cobrada lo que, en demasiadas ocasiones, hace que pongan en su labor un celo desmedido a la hora de exigir el pago. Estudiando este tema, del que poseo abundante documentación por si alguien quiere comprobar que no exagero en mis afirmaciones, me he encontrado con gerentes que han atendido cordialmente las llamadas telefónicas que les hice interesándome por sus empresas y el funcionamiento de las mismas; pero al llegar al punto en el que yo preguntaba por los métodos de cobro y la excesiva presión que recibían los deudores por parte del personal de la empresa, las respuestas de los gerentes se puede agrupar en dos bloques muy bien definidos y, mientras unos defendían a su personal aduciendo que ellos sólo trataban con morosos recalcitrantes, el otro grupo asumía que, en muchas ocasiones el personal no estaba preparado para el trabajo que se les encomendaba.

Para quienes se encuadran en el primer bloque de respuestas, el moroso recalcitrante debe ser aquel que deja de pagar dos cuotas; para los que forman parte del segundo bloque, debe ser que no importa cómo, pero la deuda se cobra. Las cosas no les deben ir muy mal porque en mis manos obra un documento mercantil de una de estas empresas en las que la cifra de producción, con veinte trabajadores aproximadamente, fue en el año 2007 de 2.394.000,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTAY CUATRO MIL EUROS).

Adviertan que ninguno de los bloques asumió ninguna responsabilidad a la hora de reconocer que, algunos/as chulitos/as de barrio que se ponen en contacto con los deudores, además de tratarlos sin ningún respeto o consideración, son capaces de contar la vida del deudor y sus obligaciones impagadas a cualquier persona que coja el teléfono sin importar que sea un pariente que está de visita o la señora de la limpieza, lo que sí es una infracción flagrante a la Ley de Protección de Datos.

En fin, una vez que he interpretado el papel del amigo de quienes se ven presionados de manera infamante por haber cometido el delito de adeudar a la banca unos miles de euros y no deber millones, que ahora está muy considerado, y pidiendo a las autoridades pertinentes que maduren la idea de erigir una estatua a Madoff, que en el fondo no hizo otra cosa que vengar a todos los deudores de la banca engañando a quienes querían conseguir desmedidos beneficios. Sin embargo, a la hora de finalizar este artículo se me ocurren algunas preguntas. Si estas empresas de recobro y las amenazas de algunos de sus empleados y el más socorrido “pagahijoputa” no funcionan como ellos tienen previsto ¿cuál será el próximo paso de la banca? ¿El cobrador Torero? ¿El método siciliano de las piernas rotas? ¿El sobre-bomba?

De cualquier manera se debería obligar por Decreto/Ley a la banca, en general, y a las Cajas de Ahorros, en particular, a que toda la documentación que se firma en caso de conseguir un crédito personal o una hipoteca, llevase un parche visible, como en los paquetes de tabaco, avisando de lo nocivo que puede ser para la salud mental de quien la firma el retrasarse en el pago de las cuotas.